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27 Feb 2014

¿Cómo reclamar la devolución del céntimo sanitario?

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El Tribunal Europeo de Justicia ha adoptado hoy una decisión esperanzadora para las empresas de transporte y los conductores autónomos españoles. Después de doce años en vigor, el tribunal ha emitido una sentencia que considera ilegal el denominado céntimo sanitario, el impuesto que muchas comunidades aplican a la gasolina y el diesel para financiar acciones sanitarias y medioambientales, y que resulta especialmente costoso para las empresas y los profesionales autónomos dedicados al transporte de mercancías y de pasajeros por carretera.  Desde nuestra red de autoescuelas en Valencia, y como especialistas en la formación de conductores a través de cursos CAP y cursos ADR, nos alegramos de la noticia, pues es una fantástica novedad para el sector.

El céntimo sanitario es ilegal

La justicia europea considera que el céntimo sanitario es ilegal al carecer de finalidad específica, requisito fundamental para los impuestos que, como en este caso, gravan productos que ya están sometidos a otras tributaciones, como el IVA o el impuesto de hidrocarburos. Según el tribunal, esta tasa habría sido legal si el Estado hubiese destinado su recaudación a reducir los costes sanitarios y medioambientales derivados de los hidrocarburos, pero no ha sido así. De hecho, las comunidades autónomas han empleado estos ingresos para financiar cualquier partida sanitaria o medioambiental, estuviese o no relacionada con las consecuencias del consumo de combustible, lo que ha supuesto el incumplimiento de la directiva europea de hidrocarburos. En total, el impuesto ha supuesto un gasto extra de 13.000 millones de euros entre 2002 y 2011 a particulares, autónomos y empresas.

¿Cómo obtener la devolución del céntimo sanitario?

Pero, ¿qué hacer para recuperar el dinero pagado al Estado en concepto de céntimo sanitario? Aunque la sentencia no establece ninguna indicación al respecto, desde Centro de Formación Vallbona sí que podemos establecer algunas pautas generales, pues el documento sienta las bases para que los tribunales españoles den la razón a futuras reclamaciones. 

  1. Sea cual sea el procedimiento de reclamación, es fundamental que los afectados acrediten que efectivamente han pagado el impuesto. Por ello, es necesario recopilar todas las facturas (no servirán los extractos bancarios) que demuestren el pago de gasolina o diésel entre 2002 y 2011. La mayoría de particulares no suelen conservar esta documentación, pero los conductores autónomos y las empresas de transporte suelen tenerla archivada, lo que les abre la vía a posibles reclamaciones.
  2. Una vez recopilada la información, los conductores y empresas que deseen recuperar el dinero pagado en concepto de céntimo sanitario deberán presentar ante las consejerías de Hacienda de las comunidades autónomas en las que hayan repostado una solicitud de devolución de ingresos indebidos. El escrito deberá estar acompañado de las facturas.
  3. Si la consejería de Hacienda  denegara la solicitud, el afectado puede presentar un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales de la comunidad autónoma correspondiente.

En cualquier caso, según ha publicado esta tarde el periódico El País, la Ley General Tributaria establece que el derecho a obtener cantidades indebidamente abonadas a Hacienda prescribe a los cuatro años, por lo que solo se podrán reclamar las cantidades pagadas en concepto de céntimo sanitario desde 2010.

Esperamos que esta información os haya sido de utilidad. Si tenéis alguna duda, podéis planteárnosla a través de los comentarios, de nuestro Facebook o contactándonos directamente en nuestra autoescuela en La Pobla de Vallbona, en nuestra autoescuela en l’Eliana o en nuestra autoescuela en Valencia.

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